Identificación de la sentencia
Fecha: 23 de noviembre de 2016
MP: Jorge Iván Palacio
Radicado: T – 652 de 2016, de Corte Constitucional
Enlace: https://cutt.ly/OLCXD6U
Problema por resolver
¿La decisión del SENA de sancionar disciplinariamente con “matrícula condicional” a Carmen (nombre ficticio utilizado por la Corte para proteger la identidad de la víctima), vulneró los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y no discriminación por razones de género?
Regla
A una víctima de acoso sexual no se le puede culpar o acusar de haber provocado el acoso con sus actos, con su forma de vestir o por haber tenido conversaciones con su agresor.
Contexto
Carmen es estudiante del SENA – Santander y denunció, ante las directivas de esta institución por acoso sexual a un compañero de clase, pues la acosaba en el aula de clase y por WhatsApp. El SENA inició proceso disciplinario y uno de los testigos aseguró que ella fue culpable de esas agresiones, por “haberle seguido la cuerda al compañero”. Por este testimonio, ambos, Carmen y su compañero, fueron sancionados con matrícula condicional. Debido a que Carmen seguía compartiendo clase con su agresor y además fue sancionada, se retiró del SENA y presentó acción de tutela.
Derechos involucrados
Derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa, la honra y al buen nombre; además, derecho a la igualdad y a la no discriminación debido al género. Se busca equilibrar estos derechos por parte de la Corte.