REPOSITORIO DE POLÍTICAS PÚBLICAS
Guatemala
Creación de organos especializados para el tratamiento de la violencia contra la mujer.
Acuerdo 1
Da inicio al proceso de creación de órganos especializados para el tratamiento específico de la violencia contra la mujer.
Feminicidio
Decreto 21
Ley de Competencia Penal en procesos de mayor riesgo – En su artículo 3 se considera delitos de mayor riesgo, entre otros, el femicidio.
Ley contra la violencia sexual, explotación y trata de personas
Decreto 09-2009
El objetivo de esta norma es prevenir, reprimir, sancionar y erradicar la violencia sexual, la explotación y la trata de personas, así como atender y proteger a las víctimas y resarcirlas por los daños y perjuicios ocasionados.
Ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer
Decreto 22-2008
Tiene por objeto garantizar la vida, la libertad, la integridad, la dignidad, la protección y la igualdad de todas las mujeres ante la ley, particularmente cuando por condición de género, en las relaciones de poder o confianza en el ámbito público o privado, quien agrede, cometa en contra de ellas prácticas discriminatorias, de violencia física, sicológica, económica o de menosprecio a sus derechos. El fin es promover e implementar disposiciones orientadas a erradicar la violencia física, sicológica, sexual o económica y cualquier tipo de coacción contra las mujeres.
Reforma al Código Penal.
Decreto N° 14
Reforma el artículo 194 del Código Penal sobre la trata de personas.
Reglamento de la Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia intrafamiliar de 1996.
Acuerdo Gubernativo 831
Establece el reglamento de la Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia intrafamiliar de 1996.
Ley de dignificación y promoción integral de la mujer
Ley 7-99
Ley de dignificación y promoción integral de la mujer: artículo 4 define la violencia contra la mujer.
Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia familiar
Decreto 97-1996.
Esta ley regula las medidas de protección necesarias para garantizar la vida, integridad, seguridad y dignidad de las víctimas de violencia intrafamiliar. Asimismo, tiene como objetivo brindar protección especial a mujeres, niños, niñas, jóvenes, ancianos, ancianas y personas, discapacitadas, tomando en consideración las situaciones específicas de cada caso. En el caso de hechos que constituyan delito o falta, las medidas de protección se aplicarán independientemente de las sanciones específicas establecidas en el Código Penal y el Código Procesal Penal.